Gobierno de España. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones - Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
Administración Presupuestaria

Ayudas a víctimas de delitos

Pensiones y Prestaciones

La Ley 35/1995, de 11 de diciembre, establece un sistema de ayudas públicas en favor de las víctimas directas o indirectas de delitos dolosos y violentos cometidos en España con resultado de muerte, o de lesiones graves, o de daños graves en la salud física o metal. Asimismo, se prevén ayudas en favor de las víctimas de violencias sexuales, aún cuando se perpetren sin violencia.

El plazo para solicitar tales ayudas es de un año, contado desde la fecha en que se produjo el hecho delictivo, excepto en el caso de que la afectada sea víctima de violencia de género de acuerdo con el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004 o víctima de violencias sexuales conforme al artículo 37 de la Ley Orgánica 10/2022, supuestos en los que el plazo será de cinco años. No obstante, dicho plazo se interrumpe con el inicio del proceso penal y se abre de nuevo desde que recaiga la resolución judicial firme que le ponga fin.